miércoles, 23 de octubre de 2019

¿ Como Identificar a un Abogado Mediocre?


En toda profesión existen letrados que hacen méritos para ser reconocidos por su labor científica, ética, profesional y social, pero también existen los que por audacia e ignorancia dejan una mancha  negra en la ciencia para utilizar su título como una licencia para estafar, embaucar, dañar, improvisar y poner en tela de juicio el valor de un grado universitario.
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Los abogados no escapan a esa realidad, que tanto pueden ser catalogados como héroes de justicia y luchadores sociales como también mediocres y delincuentes de cuello blanco. Aquí te explico brevemente como identificar a ese pequeño pero peligroso grupo de mediocres:
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1-    Presumen de sus contactos en tribunales, institutos, organismos policiales y hasta en la política para hacer valer sus conocimientos te tratan de convencer que “ ellos son los únicos que conocen a las personas correctas para resolver tu caso”.

2-    Se te acercan cuando te acompaña tu abogado de confianza y al mínimo descuido de su compañía, te dice “ Ese abogado no sabe lo que hace y seguro te cobra honorarios muy altos, yo te hago lo mismo y te cobro la mitad”.
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3-    Presumen de sus conocimientos, exponiendo sus tesis del caso con discurso científicos llenos de tecnicismos legales para hacer imposible que entienda el cliente que está ocurriendo con su caso.

4-    Demuestran habilidades teatrales llenas de exageración y crean desgracia al primer momento que le cuentas su caso, de hecho tienen la capacidad de que el cliente que entra en su despacho con un problema legal, salga con un problema de salud.

5-    Te dan soluciones mágicas, acrobáticas y sacadas de una película de ficción y suspenso para posteriormente solicitar altas sumas de honorarios profesionales y prometer la solución del caso sin siquiera estudiar el expediente o haberse dirigido a un tribunal a investigar.
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Estos 5 tips, son solo la punta del iceberg en materia de improvisación profesional en el área jurídica, objeto de lucha interna en el gremio y donde estoy seguro que somos más los abogados responsables con profesionalismo y conocimientos que los mediocres e ignorantes con su labor de manchar la profesión para lograr intereses ilícitos y personales.

lunes, 23 de septiembre de 2019

5 consejos antes de denunciar a tu Agresor

Somos sujetos de derechos y deberes, pero en este caso ante el daño de nuestros derechos y afectación de nuestro bien jurídico, protegido por el estado, la victima debe acudir a presentar denuncia formal para iniciar investigacion penal en contra del victimario y judicializarlo por la justicia penal. Ante esa situacion, toma en cuenta estos 5 consejos para hacerlo de forma efectiva: 

1- ¿Quienes Pueden Denunciar? 

La víctima o cualquier persona que tenga conocimiento de un hecho punible puede denunciarlo ante el Ministerio Publico o un organo de policía de investigación penal.
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2- ¿ Como Hacerlo? 

Se puede realizar de forma oral o escrita.
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3- ¿Que datos debe contener?

 Identificación de la victima, indicación de su domicilio, narración de circunstancias de modo, fecha y lugar de los hechos, El señalamiento de quien o quienes se presume lo realizaron.
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4- ¿Debo llevar testigos? 

No. 
Al momento de presentación de la denuncia , no se necesita presentar testigos del hecho ante el ministerio público o policía de investigación. Ya que serán posteriormente citados para corroborar la versión de la victima que los señala.
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5-¿ Debo llevar pruebas ?

 No es requisito obligatorio para presentar denuncia, sin embargo serán solicitadas al momento de iniciar la investigación, por lo cual es recomendable presentar copias simples al denunciar y posteriormente
al conocer que oficina fiscal será la encargada de investigar, se presenten todo cuando favorezca la versión de la victima, tanto en copia como original.
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FINALMENTE: La víctima puede ir por sí sola a realizar la denuncia como también puede ser asistida por su abogado o ser representada por el. La ASESORÍA LEGAL PREVIA a la presentación de la denuncia, es IMPORTANTE ya que puede esclarecer el tipo de delito, el organismo recomendable para hacerlo, las narración adecuada para ser admitida la denuncia, evitar una desestimación y recomendar las pruebas necesarias para probar el hecho.
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Si este es tu caso,envía un correo a abgescalona@gmail.com . Te podemos asesorar ante esta situación y ayudarte a redactar tu denuncia conforme a los hechos realmente importantes y el fundamento legal correcto.

jueves, 19 de septiembre de 2019

¿El COMPLIANCE ES BUENO PARA MI EMPRESA?

Hoy en Latinoamerica, es común encontrar regiones con un ambiente político y económico inestable, lo cual, si eres empresario, convierte la organización interna, el cumplimiento de reglas y la seguridad de las operaciones en tu mejor activo como socio o directivo .
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Un ambiente de trabajo que brinde la seguridad tanto a empleados como a directivos es la forma de potenciar al máximo la productividad de tu empresa.  
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¿PERO COMO SE LOGRAN ESTOS OBJETIVOS? 
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Una vez cubiertos los requisitos legales mercantiles, administrativos , fiscales y laborales para desarrollar operaciones como persona jurídica en tu pais, existe un metodo importado desde el derecho anglosajón y perfeccionado en Europa para ser aplicado a garantizar un buen gobierno corporativo y establecer normas de buen gobierno empresarial. 
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Se llama método “COMPLIANCE” o CUMPLIMIENTO NORMATIVO dirigido a MITIGAR Y PREVENIR la comisión de delitos dentro de una empresa con un enfoque basado en prevención riesgos y en la erradicación de delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y demás delitos que presupongan la existencia de una estructura de delincuencia organizada.
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El compliance es aplicado en VENEZUELA en principio en el sector bancario a través de la SUDEBAN en su resolución número 083 de fecha 17 de Enero de 2019, la cual establece los sujetos obligados a incorporar este método en su prácticas económicas con las políticas de debida diligencia y conoce a tu cliente , así la incorporación e canales internos de denuncia y las facultades del oficial de cumplimento quien tendrá voz en la asamblea de accionistas para realizar las recomendaciones necesarias para incorporar prácticas de buen gobierno corporativo en la persona jurídica objeto de regulación.
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¿Quieres saber más sobre este método? ¿Quieres conocer si eres un sujeto obligado por la SUDEBAN? O ¿quieres implementar este método de cumplimiento normativo en tu empresa? 

Escribe un correo a "Abgescalona@gmail.com" y con gusto te asesoraremos en este materia . 

lunes, 16 de septiembre de 2019

Regreso de Viaje a Venezuela ¿Puedo perder mis Dolares?

Examinemos esta situación que aún parece es práctica de algunos funcionarios en terminales y aeropuertos Internacionales dentro de la República Bolivariana de Venezuela.
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Existía en el pasado una ley del régimen cambiario y sus ilícitos(2014) que establecía en su artículo 12 la obligación de declarar al ingresar al país montos superiores a los 10.000$ , justificar su procedencia y su naturaleza, ya que de no hacerlo se estaría incurriendo en un ilícito cambiario pero cuya sanción NO es DEJARSE EXTORSIONAR por los oficiales a cargo de la aduana. .
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El anterior ilícito quedó TOTALMENTE DEROGADO con la entrada en vigencia del decreto derogatorio del régimen cambiario y sus ilícitos gaceta oficial 41.452 de fecha 2 de agosto de 2018 , donde ya no establece obligación legal de declarar montos en $ ingresados al país. NO TE DEJES EXTORSIONAR . Ingresa de manera segura y confiada, con conocimiento no violan tus derechos.
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Sin embargo se mantiene vigente la obligación de llenar la planilla “forma 82” del Seniat pero solo referente al ingreso de mercancía nueva o usada la cual debe ser declarada y si su monto es superior a los 2000$ se aplicará arancel de aduanas si se demuestra que no existe finalidad comercial.
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De igual forma se estableció la libre convertibilidad de la moneda y facilitando las transacciones entre particulares públicos y privados en moneda extranjera. Lo cual en términos simples establece el permiso para portar y negociar en monedas distintas al Bolívar Venezolano sin incurrir en ninguna penalidad.
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Asi que mi consejo es regrese tranquilo o tranquila, llene el formulario del seniat, especifique lo indicado y circule con normalidad por el area de inmigracion, recuerde la información brindada en este blog y ante cualquier pregunta capciosa o actitud desviada de la ley , recuerde que cuenta con los argumentos de ley y que de no encontrarse infringiendo ninguna norma, es su derecho ingresar a Venezuela con total normalidad y ante cualquier exceso cumpla su derecho a defenderse y deje en manos de los profesionales su situación si ha sobrepasado su actuación. 

miércoles, 11 de septiembre de 2019

¿ PUEDO PERDER MI PUNTO DE VENTA?


Eres comerciante, recibiste tu punto de venta , pues bueno, una vez adquirido y firmado el contrato de afiliación con el banco de tu preferencia, eres sujeto obligado a cumplir con las resoluciones 115 y 117 de la Sudeban referentes al reglamento y condiciones de uso del servicio de punto de venta.
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Pero ante una falta en tus deberes como cliente o incluso por ser alquilado (No está permitido) a la persona incorrecta y sea utilizado como medio de pago de alguna actividad ilícita, puedes ser objeto de múltiples procedimientos que resulten en el comiso de puntos de venta electrónicos por funcionarios policiales y la resolución del contrato por parte del Banco.
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PERO si el propietario logra demostrar en la investigación penal que no es responsable en la comisión de delitos o ha cumplido su parte en el contrato,el titular del préstamo suscrito con el banco o el propietario de un punto de venta, puede recuperar de manera lícita su dispositivo de pago electrónico con base legal al reglamenta el uso y condiciones de la SUDEBAN.
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Si es objeto de una investigación penal, su solicitud de entrega de objetos materiales se realiza ante la fiscalía del Ministerio Publico que conozca el caso y debe ser presentada con la exposición de motivos y los argumentos de derecho para fundamentar dicha entrega y como anexos principales la copia certificada del acta constitutiva de la empresa, su última acta de asamblea, copias de cédulas de los accionistas, copia del contrato de punto de venta y demás anexos solicitados segun sea el caso por parte de la Fiscalia ante quien se le solicite la devolución del objeto.
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Finalmente se recomienda hacer un buen uso de este instrumento financiero de pago comercial, a toda vez que una vez suscrito el contrato de préstamo o recibida la homologación por parte del banco afiliado, se actuar conforme a los criterios establecidos por la SUDEBAN y utilizar este medio para fines comerciales lícitos y permitidos según la actividad económica que se ejerce. Recuerde que la mejor forma de conservar su actividad económica es previniendo riesgos y cumpliendo con las normas establecidas para tal fin.



viernes, 6 de septiembre de 2019

¿Cómo defendemos a un cliente inocente?


A los abogados se le presenta el dilema de defender a un culpable, son múltiples los complejos y prejuicios de carácter ético-moral que presionan su decisión de defender a un cliente culpable e incluso existe la presión social y hasta familiar que hace contrapeso al juicio de valor sobre la decisión de defender a su cliente ante el inicio de un proceso penal a sabiendas de conocer su responsabilidad en el hecho.
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Pero no es ese el tema objeto de este artículo, ya muchos autores han comentado de una forma más profunda sobre cómo resolver el dilema anteriormente mencionado.
Hoy, quiero comentarte acerca de una situación qué ocurre en el tratamiento de la relación cliente-abogado y es la defensa de un cliente inocente. Esta defensa parte de un principio el cual juramos todo los abogados defender al inicio de nuestra carrera, siendo este la búsqueda de la justicia a través del ejercicio de nuestro labor legal con profesionalismo, dedicación, esfuerzo e inteligencia, qué en conjunto con un profundo sentimiento humano y con una conducta ética y moral, se garantizara lo mejor de nuestra defensa legal que tiene como destino  la justicia durante el proceso penal que se propone asumir en favor de los intereses de nuestro defendido.
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Pero ¿este tema es también importante? lo es, porque amerita que el abogado ejerza labores de carácter pedagógico  y educativo a través de una comprensión profunda sobre el conflicto interno de nuestro cliente, ya que al encontrarse con la conciencia de ser inocente del hecho que se le atribuye y ante el desconocimiento de las leyes y del sistema de justicia penal, el considera que el sistema debe reconocerlo así desde el primer momento y ser exculpado, de hecho parten del refrán de “quien no la debe, no la teme” ante cualquier señalamiento de algún órgano de investigación policial o del Fiscal del Ministerio Publico que asume su caso y lo imputa. De hecho, el cliente quiere presentarse voluntariamente desde el primer momento a declarar ante el tribunal o si amerita el caso, ante el organismo policial, sin ninguna asesoría previa y esta situación no siempre termina con los resultados positivos esperados.
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La realidad del sistema de justicia , cuyas injusticias y desigualdades son el objetivo de lucha moral y profesional por un pequeño grupo de funcionarios públicos, abogados y usuarios, no es suficiente para terminar de erradicar los vicios implementados por una mayoría de funcionarios públicos con enfermedades graves de ignorancia, irresponsabilidad y corrupción,  que han pervertido el sentido de las leyes y los principios Republicanos para usar un sistema de justicia en favor de unos pocos, para obtener dinero y que implementan un sistema inquisitivo del cáncer de “presunción de culpabilidad” usan como norma la privación de libertad para apuntar con la decisión de “eres culpable” a todo aquel inocente que por mala suerte se encuentra inmerso en una investigación de la cual no tiene responsabilidad o si la tiene no se le debe imponer como pena el hecho de atravesar un proceso penal privado de libertad, sin garantías procesales de respeto de lapsos legales , presunción de inocencia y derecho a la defensa.
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Mi recomendación es enfocarse como abogado desde la asesoría pedagógica, con vocación educadora y demostrar él ¿por qué? se hace necesario hacerle entender al defendido cada etapa del proceso legal (que en ocasiones se retrasa más allá de lo establecido por ley) para garantizar su derecho a la defensa y demostrar su inocencia para obtener un sobreseimiento o una sentencia absolutoria, si del caso ha surgido la necesidad de ser dilucidado en juicio oral y público. 
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La verdad, si hay desesperación del cliente y hay mucha más si se encuentra tras las rejas, pero nuestro éxito pasa por convertir la desesperación y presión que nos trasmite nuestro defendido en motivación e inteligencia en el ejercicio de su defensa.  
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Esta labor de convertirte hasta en educador de tu cliente, se presenta mucho más difícil cuando el se considera inocente y lo es, a diferencia cuando tratamos con uno culpable y lo sabe, que por sus experiencias previas lo hacen conocer el sistema de justicia y ya tiene su costumbre para confrontarlo.
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Una vez, habiendo educado a tu cliente, más para garantizar su tranquilidad que por la responsabilidad de asesorarlo, viene también la labor de una defensa de forma y fondo ante el juzgado y fiscalía que lo imputa así como organismos  de investigación policial, los cuales tienen  lamentablemente como norma enfrentar con la dureza de la justicia a todo aquel que se enfrente a ellos con la premisa convertida en cliché de “mi cliente es inocente”. Pero incluso debemos defender que nuestra intención no es imponer nuestra teoría del caso solo para justificar nuestros honorarios profesionales, si no también hacerles entender que nuestro cliente, es su primera vez que se somete a un proceso penal y las consideraciones no son contra ley, ni pide un trato diferente a los demás, todo lo contrario, solo se solicita el tratamiento referente al respeto del debido proceso, la dignidad humana y los derechos humanos que lo amparan.
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Finalmente solo puede terminar nuestra defensa con dos escenarios: La absolución de los cargos en contra de nuestro cliente por parte del juez  o el fiscal, o el veredicto culpable imponiéndole una condena. Ante cualquiera de los escenarios posibles, el primero es el más gratificante y es el resultado de todo el esfuerzo, inteligencia, estrategia y dedicación como abogado durante un proceso penal, pero, el segundo, es agrio, difícil pero posible, ante esa realidad también debemos ser responsables y explicarle a nuestro cliente su situación así como los recursos y fases posibles a futuro para revertir esa sentencia y demostrarle que aún la batalla legal no termina, de ahí en adelante que nuestro defendido tome su decisión de continuar con su abogado o cambiarte por uno nuevo.
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Es inevitable que algunos clientes crean que contrataron al peor abogado del mundo, incluso hasta te lo pueden decir molestos, pero ya esas respuestas no las controlamos, solo podemos hacer un examen honesto de cómo fue nuestra actuación como defensores y aceptar los errores si los hubiere pero también reconocer el esfuerzo y las batallas ganadas durante el proceso. Nuestra satisfacción a veces es interna y nos recuerda cual es nuestra obligación, siendo la de ofrecer los medios y cumplir con ellos pero nunca ofrecer los resultados que son ajenos a nuestro oficio honesto de la profesión.
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En fin, la defensa de un inocente también es importante, así que paciencia, honestidad, responsabilidad, inteligencia, profesionalismo y respeto a quien defendemos, lo demás que ocurra es parte del mundo único, increíble e impredecible del derecho.
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miércoles, 21 de agosto de 2019

El valor del abogado sin traje...


Al iniciar la tan anhelada carrera de las leyes, sale a la calle el abogado recién graduado, con su traje recién comprado, su maletín, su laptop, y su nuevo carnet de colegiatura el famoso “INPRE”, sale a la calle confiado gracias a los halagos de familiares y amigos, que  alaban sin cesar nuevo Look profesional y llaman “Doctor”. Parece que todo estará listo para que le lluevan clientes.
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Confiado de su nueva etiqueta de “Doctor”,  al pasar algún tiempo, logra el deseo de todo recién graduado. Consigue sus primeros “clientes”, los cuales corre a ofrecer sus múltiples servicios jurídicos y logra pactar su primera reunión, los atiende en una oficina alquilada, un restaurant cercano, un café o hasta una panadería.  Donde así el cliente lo sugiera, allí estará el abogado, bien trajeado.
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Llegado el día de su estreno , inicia la entrevista con su cliente, el cual busca desesperadamente una respuesta rápida, efectiva y que le ofrezcan la solución de todos sus problemas (incluso hasta los no jurídicos), el abogado, se queda atento, escuchando y cuando viene su turno de hablar, se queda en silencio, busca en su nuevo maletín, la laptop o alguna ley y posteriormente a eso, acude a una estrategia efectiva para marear a alguien y hablar sin decirle nada, utiliza el llamado  “lenguaje técnico”.  Despliega su discurso lleno de tecnicismos, palabras en latín y definiciones legales, logra su objetivo y le da una respuesta al cliente, posterior a eso, inventa un trámite (que pronto le confirmara, porque parece hay una nueva ley que cambia todo) , le informa el precio de su consulta, el cliente paga y se despiden. Esa fue la última vez que lo vio. 
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Este escenario, es de los más comunes en los recién graduados y también en los ya con unos cuantos años de ejercicio del derecho. ¿ pero qué le paso?,  Fácil, se comió y le hicieron creer el cuento del “Buen Traje” o el “Buen vestido” , el tener “la pinta de doctor ”, oler bien, presentarse con buenos accesorios y tener un sitio para reunirse, un sitio que “represente” y se le olvido lo verdaderamente importante , se le olvido ser en realidad un Abogado verdadero, con los conocimientos necesarios y lo suficientemente actualizados para dar respuesta real a los problemas o sugerencias necesitadas por el cliente, ser empático con la persona que desesperada lo busca para que la asesore, dirigirse a ella con un lenguaje cercano y esforzarse por hacerle entender su explicación jurídica y así lograr venderle su servicio legal como un servicio profesional, con ética, respeto y mucha responsabilidad.
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Pero ¿este error es solo de los recién graduados? Si así lo fuere, solo se contaría como parte de las etapas del crecimiento del abogado, de esos tropezones necesarios para aprender, una anécdota más o uno de los primeros pasos que enseña el libre ejercicio que debe vivir todo profesional al momento de iniciar su carrera.
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Pero la realidad es que, NO LO ES, muchos abogados de ya varios años de graduados, con años de experiencia, aun quieren a través de emular formatos de abogados de series de televisión, imágenes de Instagram para sentirse distantes de sus colegas y clientes , presentar como impresión única y definitiva la de estar con “ el traje de doctor” y quieren fomentar la etiqueta de un abogado con el traje correcto es el “abogado correcto” y vaya que están equivocados y que su esfuerzo por vender imagen y no conocimientos , que incluso muchos de ellos no logran demostrar después de ser contratados por su imagen,  es solo una de las primeras fases para convertirse en estafador de la profesión.
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Por supuesto, que no estoy atacando el deber de un profesional, de estar vestido acorde a su profesión y al escenario donde debe moverse, a representarse como un abogado adecuado a su gremio y darle respeto social a su imagen.
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Me refiero a aquellos que han olvidado lo necesario realmente, para ser buen abogado y que menosprecian a colegas por presentarse a un tribunal u oficina pública con una camisa manga corta, jeans o zapatos casuales, y que sin conocerlo, lo menosprecian y fomentan en la sociedad una especie de código de vestimenta sin fomentar un código de conducta ( de hecho muy pocos fomentan ambos), pero no solo influyen el gremio y a los clientes, también las instituciones públicas y privadas , han caído en la trampa de la etiqueta y el valor del tener sin el ser  y que solo hace falta pararse al lado de una entrada de un tribunal y ver la diferencia en la atención hacia un abogado bien trajeado y en contraposición a la atención dada al abogado “no vestido correctamente” que recién bajado del transporte público, venia de casi un viaje, abordar tres buses hasta llegar a esa oficina, ensuciarse los zapatos al pasar por charcos de agua y perder el fino planchado en su pantalón por las horas de traslado desde su casa hacia su destino.
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Un abogado verdadero, lo es con o sin traje. Nuestra carrera se debe a la sociedad y es para ella, es abogado hablando con el vecino y aconsejándolo, encontrándose una tarde de un viernes en un café, arrugándose su camisa por darle el abrazo a la señora que le agradece todo lo que hace por encontrarle la libertad a su hijo, lo es con los zapatos un poco sucios por haber caminado rápido desde el estacionamiento hasta el tribunal para llegar a tiempo a la audiencia, lo es incluso un poco sudado por haber salido rápido a buscar un documento necesario para consignar ante la secretaria de un tribunal a escasos 5 minutos de finalizar su día laboral, Lo es siendo lo que es, un ser humano, que escogió por acierto la carrera más bella y triste a la vez, como es el derecho y que más allá del traje o el vestido costoso, la colonia, el teléfono de última generación y el bolígrafo Mont Blanc.
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El verdadero abogado es aquel que hace todo lo que este a su alcance para cumplir con lo prometido, es responsable a pesar de las adversidades y se esfuerza por ser para después tener y lograr con sus conocimientos el mejor representante legal que su cliente pueda contratar.

Abg. José Escalona
abgescalona@gmail.com